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Cambia el horario del pico y cedula en Ibagué

La Administración Municipal determinó nuevas acciones que se implementarán hasta el próximo 1 de agosto, para garantizar la seguridad y salud de la ciudadanía.

A través del Decreto 371, la Alcaldía de Ibagué establece nuevas medidas que se implementarán durante la extensión del aislamiento preventivo para evitar la propagación del Covid-19.

Durante este periodo continuará el uso permanente y obligatorio de tapabocas, además de la distancia mínima de dos metros en establecimientos de comercio y zonas públicas.

El toque de queda que aplicará hasta el próximo 1 de agosto será desde las 00:00 horas hasta las 5:00 de la mañana, de domingo a domingo.  El pico y cédula regirá de lunes a domingo en el horario de 5:00 de la mañana a 11:00 de la noche de la siguiente manera:

          Lunes: 0-1-2-3

          Martes: 4-5-6-7

          Miércoles: 8-9-0-1

          Jueves: 2-3-4-5

          Viernes: 6-7-8-9

          Sábado: 0-1-2-3-4

          Domingo: 5-6-7-8-9

La población campesina podrá realizar sus diligencias personales en el casco urbano los días viernes, sábados y domingos sin restricción alguna.

 

Es de resaltar que el pico y cédula continuará para el ingreso a locales o centros comerciales habilitados, salvo en restaurantes que desarrollan el plan piloto para la atención al público de manera presencial y la actividad religiosa.

Adicional a los 44 sectores económicos habilitados en el artículo 3 del Decreto 990 de 2020 del Gobierno Nacional, también se permitirá la libre circulación del personal que labore en:

-Publicidad y litografía y/o relacionadas

-Centros de Enseñanza Automovilística y Centro de Reconocimiento de Conductores

-Centros de Enseñanza Automovilística (CDA)

-Capacitación de trabajo en alturas y/o relacionadas

-Centros de óptica y/o tiendas relacionadas.

-Desinfección y lavado de vehículos automotores y motocicletas.

Los establecimiento de comercio que se encuentren dentro de las excepciones y no hayan registrado su Plan de Aplicación del Protocolo General de Bioseguridad, deberán hacerlo a través de la página web www.ibague.gov.co/reactivacion-economica.

El horario de funcionamiento de los sectores económicos habilitados será:

-Manufactura: Desde las 5:00 de la mañana, hasta las 5:00 de la tarde. 

-Construcción y proveedores: Desde las 7:00 de la mañana, hasta las 5:00 de la tarde.

-Mantenimiento y reparación de vehículos y sistema financiero: Desde las 8:00 de la mañana, hasta las 6:00 de la tarde. 

-Papelerías y Centros de Diagnóstico Automotor: Desde las 9:00 de la mañana, hasta las 7:00 de la noche. 

-Centros comerciales: Desde las 9:00 de la mañana, hasta las 11:00 de la noche. 

-Comercio en general: Desde las 9:00 de la mañana, hasta las 8:00 de la noche.

-Bienes y servicios de primera necesidad: Desde las 6:00 de la mañana, hasta las 9:00 de la noche.

-Servicio de urgencias: 24 horas

Durante la extensión del aislamiento preventivo no se permitirán actividades como: eventos públicos y privados con aglomeraciones, apertura de bares o discotecas, parques, piscinas, balnearios, cines, teatros y práctica deportiva grupal en parques públicos y áreas de recreación.

Restricción vehicular

Para regular el tránsito de los vehículos en la capital del Tolima se mantendrá el pico y placa para automóviles en el horario de 7:00 de mañana, hasta las 7:00 de la noche, mientras que los días sábados, domingos y festivos no aplicará dicha restricción:

-Lunes: 0-1

-Martes: 2-3

-Miércoles: 4-5

-Jueves: 6-7

-Viernes: 8-9

Las motocicletas no tendrán restricción de pico y placa durante el periodo establecido. Por su parte, el transporte intermunicipal continuará en funcionamiento y podrá ser utilizado por quienes acrediten el desarrollo de actividades encaminadas a prevenir, mitigar y atender casos de Covid-19.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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